Estudio Jurídico Videla & Asociados.
Dr.Alejandro Enrique Videla & Dr.Lucas Videla
Novedades
El grave perjuicio de aplicar en forma retroactiva una nueva ley de movilidad.
13/08/2018
El grave perjuicio que significó la aplicación retroactiva en marzo del 2018 de la nueva ley de movilidad.
La Sala III de la Cámara de la Seguridad Social, en la causa Fernández Pastor Miguel c/ ANSeS, porque la nueva ley de movilidad -la 27426- fue aprobada por el Congreso el 29 de diciembre de 2017 y los jubilados recibieron en marzo el 5,71% que corresponde a la evolución del 70% de inflación y 30% de los salarios del III Trimestre de 2017, cuando en realidad debieron recibir la movilidad de la ley anterior – la 26417—, que era de un 14,60%, de julio hasta el día de la sanción de la nueva ley.
Por lo tanto, en marzo de 2018, todas las jubilaciones y pensiones se deberían haber incrementado en un 14.60% de acuerdo a la ley 26.417, vigente al 31-12-2018.